lunes, 14 de marzo de 2011

Ojo Visor: Jacinto López Cruz / Columna / Mar 14

(Publicado en el Diario Rumbo Nuevo)

NUEVOS ARTICULOS

Una vez que las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Asuntos Electorales, aprobaron internamente las reformas a la Ley Electoral del Estado de Tabasco mandatado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, será mañana cuando se baje al pleno del Congreso, donde a pesar de la oposición de los legisladores opositores, salvo que tomen la tribuna más alta del estado, será aprobado por mayoría simple, para su posterior publicación en el Diario Oficial del estado para que cobre plena vigencia y con ello el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco (IEyPCT), inicie los trabajos de redistritación.

Jacinto López Cruz
Jaclop62@hotmail.com

En base a las facultades que le confiere la ley orgánica del Congreso y el reglamento interno, las Comisiones Unidas aprobaron las reformas a los artículos 19, 21, 22, 23, 24, 25, así como derogaron el último párrafo del artículo 223 de la Ley Electoral del Estado de Tabasco, para dar cumplimiento a la sentencia dictada con fecha 26 de marzo del año 2009 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las Acciones de Inconstitucionalidad 2/2009 y su acumulada 3/2009, promovidas en contra de dicha Ley por la dirigencia nacional del Partido de la Revolución Democrática (la primera Acción), y por legisladores del Partido de la Revolución Democrática y Acción Nacional de la 59 legislatura local (la segunda Acción), que entre otras cosas pretendían que se declarara inconstitucional toda la ley electoral que se había reformado en noviembre de 2008, pero el máximo organismo impartidor de justicia solo declaró la inconstitucionalidad de siete de los 364 artículos que conforman la Ley Electoral del Estado de Tabasco.

De esta manera las modificaciones a los siete artículos de la Ley Electoral del Estado de Tabasco declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se refiere más que nada a la redistritación electoral que dejará de tener el sentido territorial para hacerlo poblacional, yque mañana bajará al pleno para ser votados por mayoría simple, quedaría de la siguiente manera: Artículo 19.- El Estado de Tabasco se divide en 21 distritos electorales uninominales; la distribución y delimitación territorial de los distritos será determinada por el Consejo Estatal, atendiendo s los siguientes elementos y variables técnicas: I- Deberá dividirse a la población total del estado, entre el número de distritos señalados en el párrafo anterior, para obtener el promedio poblacional por distrito; II.-La desviación del promedio poblacional por distrito procurará ser, por encima o por debajo, inferior al 15% en los 21 distritos; III.-La unidad de agregación en la integración de los distritos, deberá ser la sección electoral tomando en cuenta la delimitación de comunidades o colonias y las vías de comunicación, procurando en la medida de lo posible la integridad municipal, salvo los casos en que el territorio de un municipio deba ocupar más de un distrito electoral;
IV.- en la medida de lo posible se procurará: a) Contigüidad, que implica que los distritos se conformen por una sola parte del territorio, interconectados con otros distritos y de ninguna manera, deben estar fragmentados al interior; b) Continuidad, que implica que los distritos se integren por unidades de agregación vecinas entre sí; c) Compacidad, entendida como la situación en la que el perímetro de los distritos adquiera una forma geométrica lo más cercana a un polígono regular; y d) El respeto a las vías de comunicación, a otros factores geográficos y la indivisibilidad de las secciones electorales.

Artículo 21.- La asignación de diputados por el principio de representación proporcional se sujetará a las siguientes bases: I.- Para obtener el registro de sus listas regionales, el partido político que lo solicite, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en, por lo menos, las dos terceras partes de los distritos electorales uninominales; II.- todo partido político que alcance por lo menos el 2% de la votación total emitida

para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que se le asignen diputados según el principio de representación proporcional; III.- Al partido político que cumpla con las dos fracciones anteriores, independiente y adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus candidatos, le serán asignados por el principio de representación proporcional, de acuerdo a su porcentaje de votación estatal emitida, el número de diputados de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal; IV.- en ningún caso, un partido político podrá contar con más de 21 diputados por ambos principios; V.- Ningún Partido Político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que represente un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación estatal emitida. Esta regla no se aplicará al Partido Político que por sus triunfos en distritos uninominales exceda el límite antes señalado; VI.- Se asignarán en primer término y si fuere el caso, las diputaciones por el principio de representación proporcional que correspondan al partido político que se encuentre en los supuestos de las fracciones IV y V anteriores; VII.- Posteriormente, se otorgará una curul a cada partido político que hubiese obtenido, por lo menos el 2% de la votación total emitida en la elección de diputado por el principio de representación proporcional, excluyendo al partido político que se hubiere ubicado en el supuesto de la fracción anterior; VIII.- Finalmente, se asignarán las curules restantes a los partidos políticos con derecho a ello en proporción directa con la votación que hubiere obtenido; y IX.- Si ningún partido político se encuentra en los supuestos de las fracciones IV o V, se otorgará una curul a cada partido político que hubiese obtenido, por lo menos, el 2% de la votación total emitida y, posteriormente, se asignarán las curules restantes en proporción directa con la votación recibida por cada uno de los partidos políticos.

Mañana prosigo con el resto de los artículos modificados por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Asuntos Electorales que deberá bajar al pleno para su aprobación por mayoría simple, la cual tendrá plena vigencia después de su publicación en el Diario Oficial del estado.

OJITOS


Con una inversión cercana a los 47 millones de pesos, el ayuntamiento de Centro rehabilitó de manera integral la planta potabilizadora Villahermosa que fue construida durante los años 1958-1960, cuya capacidad inicial de producción fue de 250 litros por segundo , ampliando su infraestructura, hasta llegar a 2 mil litros por segundo, como ahora se encuentra, convirtiéndose en la principal planta potabilizadora que atiende al grueso de la población Villahermosina.

El pasado viernes un grupo de periodistas de diferentes medios de comunicación fuimos invitados por la coordinación de imagen institucional y comunicación social del ayuntamiento de Centro que dirige Concepción Gómez y el director general del Sistema de Agua y Saneamiento (SAS), Efraín García Mora, a un recorrido por las instalaciones de la planta potabilizadora Villahermosa, para constatar como estaba sus instalaciones antes de la rehabilitación y como se encuentra actualmente, mismo que será reinaugurado por el presidente municipal, Jesús Alí de la Torre.

A la principal planta de suministro de agua potable a los habitantes de Villahermosa se le rehabilitó y modernizó todo el sistema eléctrico para el mejor control, porque estaba todo remendado. También fueron rehabilitados integralmente los cinco filtros y su galería filtrante, donde se eliminan impurezas y se le da el pulido final al agua. Se rehabilitó el sistema Pulsator, que sirve para la eliminación eficiente de los sólidos que están en el agua al extraerse del rio Grijalva, se construyó una bodega para los reactivos químicos y equipos dosificadores indispensables en el proceso de potabilización del agua y se rehabilitó el tanque elevado metálico actualmente en desuso pero que fue de los primeros que se utilizaron y que ahora servirá como imagen del SAS. En verdad que este tipo de reconstrucciones que realiza el ayuntamiento de Centro se le debe dar toda la difusión que se requiera para que la población conozca plenamente como se están invirtiendo los recursos económicos a favor de ellos. Bien por el recorrido.

VISORCITO


Para posicionarse como aspirante a la candidatura a la diputación federal del Partido Revolucionario Institucional por el sexto distrito electoral, José Angel Solís Carballo, visita los fines de semana las diferentes comunidades que integran dicho distrito.

Ayer domingo estuvo en la comunidad de Zunú-patastal del municipio de Tacotalpa, en donde convivió con habitantes del lugar con la finalidad de darse a conocer, por si llegado el momento su partido se fija él como posible candidato a diputado federal, lo apoyen para obtener el triunfo.

Angel Solís es un activo priista que lo mismo ha trabajado en Tabasco que en otras entidades del sureste; ahora mismo es jefe de asesores del gobierno del estado de Campeche, pero a pesar de trabajar allá, se ha dado tiempo para venir a Tabasco y recorrer los municipios que integran el sexto distrito electoral, conociendo sus carencias y necesidades para tener la certeza de la forma en que podría ayudarlos para que salgan adelante.

“Este tipo de reconstrucciones que realiza el ayuntamiento de Centro se le debe dar la difusión que se requiera para que se conozca como se invierten los recursos a favor de ellos”

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