miércoles, 23 de marzo de 2011

Transparencia Política: Erwin Macario Rodríguez / Columna / Mar 23

(Publicado en el Diario Rumbo Nuevo)
* erwinmacario@hotmail.com

Maternidad legislativa

Cierta dama acudió al párroco
para averiguar como podría, en
la oscuridad, distinguir al osado
intruso de su marido. El santo varón
le aconsejó tocarle la frente para ver
si llevaba cuernos.
Ambrose Bierce / Diccionario del diablo

Todavía no se libran de las sábanas de la maledicencia pública por la propuesta de despenalizar el delito de adulterio, y las féminas del Congreso de Tabasco andan metidas nuevamente en camisas de once varas: analizarán el tema del feminicidio, para elaborar una iniciativa conjunta que tipifique dicha conducta en el Código Penal del Estado de Tabasco.

Nada más que ahora las integrantes de la Comisión de Equidad y Género del Congreso local, no estarán solas sino que integraron en el asunto a las diputadas priístas Lorena Beaurregard de los Santos y Marcela de Jesús González García, según el boletín oficial de ese Poder Legislativo.

O sea que las legisladoras Lorena Méndez Denis, Lucila Domínguez Sánchez, Elda María Llergo Asmitia, Aurora Piñera Fernández y Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, no se quedarán solas con la maternidad del feminicidio en el código penal.

Y no andan mal las diputadas, porque eso de la infidelidad conyugal, el feminicidio y hasta el aborto, son temas en los que el diablo mete mano y deben trabajarse en paquete, hasta en las cuestiones legislativas. Veamos:

El código penal tabasqueño, como todos los similares creados por los hombres, por padres y no por madres, como ahora se quiere, hablan de “homicidio”, de muerte al hombre, porque “hombre” era antes sinónimo del genero humano “y humana”. No había tanto interés en el género.

Sin embargo, si no se hace distinción directa a feminicidio como la muerte de una mujer, si se contempla en la ley punitiva.

El artículo 111 establece: al que prive de la vida al ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, conyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, quebrantando la fe o la seguridad que el pasivo debía esperar del activo por la real y actual relación de confianza que existe entre ambos en el caso concreto, se le impondrá prisión de veinte a cincuenta años; así como pérdida de los derechos que tenga con respecto al ofendido, inclusive los de carácter sucesorio.

Quizá no se traté solamente de distinguir entre el homicidio a un ser masculino o un ente femenino. Esto ya por costumbre se hace en los medios informativos donde cuando un esposo o conyuge, un concubinario asesina a su compañera, se habla de uxoricidio. Y se puede calificar de feminicidio.

Como cuando el ascendiente es la víctima se tipifica como parricidio, o matricidio. Filicida es el que mata a su hermano o hermana, etc.

Sin embargo las diputadas andan en la onda femenina. Si no les ha resultado todavía la desaparición del delito de adulterio pues —como les dijo un alto funcionario de la justicia al que acudieron en busca de asesoría— hay cosas más importantes en esa materia. Y es cierto. Los cuernos impunes pueden esperar.

Esto hace recordar lo que antes era una defensa del delito culpando influencias demoníacas. En su Diccionario del diablo, Ambrose Bierce define a ese diablillo, el íncubo. En los hombres el tentador es una súcuba, más peligrosa que las sirenas que hicieron que Aquiles se amarrara al mástil de su nave para no pecar.

Pues bien, íncubo, según Bierce es el “miembro de una raza de demonios extraordinariamente impúdicos que, aunque no del todo extinguidos, han conocido mejores noches… Víctor Hugo relata que en las islas del Canal de la Mancha, el propio satanás (sin duda tentado más que en otros sitios por la belleza de las mujeres) suele hacerse el íncubo, con gran alarma y escándalo de las buenas señoras que, en términos generales, quieren ser fieles a sus votos matrimoniales”.

“Cierta dama —explica Bierce— acudió al párroco para averiguar cómo podría, en la oscuridad, distinguir al osado intruso de su marido. El santo varón le aconsejó tocarle la frente para ver si llevaba cuernos. Hugo es lo bastante descortés como para insinuar sus dudas sobre la eficacia del método”.

Cuestión de presuntos cuernos en hombres con mentalidad tradicionalista, serían una de las causas de muchos de los asesinatos de mujeres, de los feminicidios.

También debían encaminar sus fuerzas a buscar que los sistemas educativos atiendan la mentalidad machista del mexicano. Cuestión de mala educación y de mal ejemplo en los hogares son origen de muchos delitos contra las mujeres. Claro, muy poco le importa al magisterio y al sector educativo, que hasta el civismo retiraron de los programas escolares.

No aceptar la emancipación femenina es causa de violencia.

En muchos anida un pasado en el que el uxoricidio era “causa de honor”. El hombre podía matar o lesionar a su pareja cuando era sorprendida en flagrante adulterio.

Castigarlos con rigor, sería bueno. Llámese el delito uxoricidio o feminicidio. Pero también se debe luchar por crear nuevas generaciones donde se respete más a la mujer. Eso no se enseña en las escuelas, es cierto.

LADO CLARO

Buscar una mayor penalidad en cualquier caso de muerte a una fémina no necesita de un delito con nombre aparte. Pero se vale la lucha de las defensoras del feminismo.

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