viernes, 13 de julio de 2012

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Acabarán menores condenas en Creset

José Dolores Espinoza May, presidente de la Comisión de Seguridad Pública. (Foto: Marcelo López/El Heraldo de Tabasco)

Publicado en El Heraldo de Tabasco
El Heraldo de Tabasco
13 de julio de 2012
Fernando Hernández

Villahermosa, Tabasco.- La reforma a la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Tabasco en su artículo 204 contempla en el capítulo de Internamiento en régimen cerrado, que los mayores de dieciocho años podrán cumplir esta medida en los reclusorios para adultos cercanos a su domicilio, pero separados del resto de la población.

El dictamen que fue aprobado en sesión de la Comisión Orgánica de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia, señala que tendrán derecho a ese beneficio siempre que medie petición del joven o del director del centro de internamiento y se justifique su traslado.

Detalla que este trámite se realizará conforme a las disposiciones del artículo 224 de esta Ley y que al ejecutar la medida legal de internamiento en régimen cerrado, se deberá computar el período de internamiento provisional al que hubiere sido sometido el adolescente.

Con la actual legislación, los menores de edad que alcanzaban la mayoría de edad permanecen en el Centro de Internamiento hasta cumplir su condena y se han presentado casos que salen en libertad a los 25 años o más, lo cual no permite una correcta readaptación porque los mayores abusan de los menores de edad que ingresan a dicho centro.

La pena máxima de cárcel que alcanzarán será de ocho a 12 años, ya en que la actual legislación el castigo máximo es de ocho años de prisión.

Además, no se aprobó el uso de los brazaletes electrónicos por ser violatorios a los derechos humanos.

El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, José Dolores Espinóza May, comentó que el dictamen será aprobado en un Periodo Extraordinario que se tendrá en los próximos días.

La medida de internamiento en centro especializado, será: De tres meses a ocho años, cuando tengan entre catorce años cumplidos y menos de dieciséis años y de tres meses a doce años, cuanto tengan entre dieciséis años cumplidos y menos de dieciocho años.

El artículo 203 en el Catálogo de conductas típicas graves señala:

Para los efectos de la presente Ley se consideran como conductas típicas graves las siguientes: Homicidio doloso; Violación; Secuestro; Trata de personas; Lesiones calificadas cuando encuadren en el artículo 116 del Código Penal del Estado de Tabasco, salvo las contempladas en las fracciones I a la III; aquellas cometidas con medios violentos como armas y explosivos y las graves que atenten contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

La Comisión de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia, también aprobó los dictámenes para expedir el Código Procesal Penal Acusatorio, la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y la Ley de Acceso a la Justicia Alternativa.

IMPULSARAN CONCILIACION MEDIANTE JUSTICIA ALTERNATIVA

El dictamen de la Ley de Acceso a la Justicia Alternativa para el Estado de Tabasco, destaca la necesidad de establecer un sistema de mecanismos alternativos para solucionar las controversias de carácter jurídico que se susciten entre los particulares, en las materias civil, familiar, mercantil y penal en delitos no considerados como graves por la ley y aquellos que se sigan por querella, con la finalidad de facilitar las negociaciones entre las partes, a través de la mediación, la conciliación, entre otros mecanismos, manteniendo un marco jurídico debidamente actualizado, acorde a las necesidades de una sociedad que requiere de una gama mayor de alternativas para la solución de sus controversias.

La Ley de Ejecución de Sanciones Penales para el Estado de Tabasco, busca instaurar un Sistema Penal Acusatorio y Oral, modificando el procedimiento penal, para adecuarlo a los principios de un Estado Democrático y de Derecho, colocando a los derechos humanos en el centro del proceso penal. En este sentido, los juicios serán públicos, orales y continuos, a fin de propiciar su transparencia, equidad e imparcialidad.

El otro dictamen que se aprobó fue el referente a la expedición del Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco, que tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos para determinar si se ha cometido un delito, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen, a través de un Sistema de Justicia Penal de corte acusatorio adversarial que corresponde a un Estado Constitucional y Democrático de Derecho, el cual se desarrollará en observancia a los principios de publicidad, concentración, contradicción, continuidad, inmediación e igualdad.

SE FORTALECERA IMPARTICION DE JUSTICIA EN TABASCO: MANASES SILVAN

Por su parte, el Subprocurador de Procesos Penales, de la Procuraduría General de Justicia, Manasés Silván Olán, indicó que sin duda con estas reformas se fortalecerá la impartición de justicia en Tabasco, ya que se adecuan las leyes a las reformas que se vienen haciendo en el país.

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